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CONSULTA Nº 3.968

PERIÓDICO QUINCENAL - IVA - IMPORTACIÓN

EN CD ROM Y VENTA POSTERIOR.

Una empresa que dice realizar la importación de un periódico quincenal para su posterior comercialización, teniendo éste la particularidad de que su soporte físico es un CD Rom, consulta respecto al tratamiento con relación al Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la importación y posterior enajenación del mismo.

Adelanta opinión en el sentido que en virtud al literal J), artículo 19º del Título 10 del Texto Ordenado 1996, se exonera la enajenación de "Diarios, periódicos, revistas, libros y folletos de cualquier naturaleza, con excepción de los pornográficos" por lo que el de la consulta estaría exonerado.

Se discrepa con lo opinado por la firma consultante.

Lo que la empresa importa no es un semanario, entendiéndose por tal el "impreso que se publica periódicamente". Lo que la consultante importa son CD Rom para los cuales no existe exoneración que habilite su importación o venta en plaza sin el pago de los impuestos correspon-dientes, a excepción de los que sean soporte de obras de carácter literario, artístico, científico o docente, o revistan las características de material educativo, según lo dispuesto por el literal c) del artículo 8 de la Ley Nº 15.913 de 27 de noviembre de 1987, con la redacción dada por el artículo 291 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, situación no aplicable a la consulta.

Por lo expuesto esta Comisión de Consultas entiende que el material a importar está gravado por el Impuesto al Valor Agregado, así como su comercialización en plaza.

28.05.004.- El Director General de Rentas, acorde.

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