FURGONES, IMPORTACIÓN Y VENTA - IMESI - CATEGORIZACIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA. Se consulta sobre la aplicación del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la importación y venta de furgones cuyo peso GVW es de 3.880 kilos. El artículo 35 del Decreto Nº 96/990 de 21.02.990 establece distintas categorías para la liquidación del tributo, entre las que se encuentran: A) chasis para camiones con peso bruto mayor a 4.000 Kg. con tolerancia en menos del 3%, lo que lleva a que se incluyan los vehículos a partir de los 3.880 Kg., y E) vehículos utilitarios incluso furgones, con peso inferior a 4.000 Kg. Dado que la consulta se refiere a furgones, es claro que deben incluirse en la categoría E) cuyo tope es de 4 toneladas, sin que tenga relevancia el límite de 3.880 Kg. de la categoría A). 27.01.005.- El Director General de Rentas, acorde. |