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CONSULTA Nº 4.443

FURGONES, IMPORTACIÓN Y VENTA - IMESI - CATEGORIZACIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA.

Se consulta sobre la aplicación del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la importación y venta de furgones cuyo peso GVW es de 3.880 kilos.

El artículo 35 del Decreto Nº 96/990 de 21.02.990 establece distintas categorías para la liquidación del tributo, entre las que se encuentran:

A) chasis para camiones con peso bruto mayor a 4.000 Kg. con tolerancia en menos del 3%, lo que lleva a que se incluyan los vehículos a partir de los 3.880 Kg., y

E) vehículos utilitarios incluso furgones, con peso inferior a 4.000 Kg.

Dado que la consulta se refiere a furgones, es claro que deben incluirse en la categoría E) cuyo tope es de 4 toneladas, sin que tenga relevancia el límite de 3.880 Kg. de la categoría A).

27.01.005.- El Director General de Rentas, acorde.

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