PRÉSTAMOS DESTINADOS A FINANCIAR LA PRODUCCIÓN DE TELAS CON CONTENIDO MENOR, IGUAL O MAYOR AL 50% DE LANA - PRÉSTAMOS PARA PREFINANCIAR EXPORTACIONES - IMABA - ICOSIFI - RESPONSABLE SUSTITUTO - MONTO IMPONIBLE, DETERMINACIÓN - TASAS REDUCIDAS, APLICACIÓN. La presente consulta se refiere a una empresa de la industria textil que fabrica telas que contienen lana, y que tiene financiación del exterior por personas físicas o jurídicas extranjeras. Uno de esos préstamos tienen el carácter de prefinanciación de exportaciones porque se documentan con vales que se cancelan con el producido de las ventas, mientras que otro préstamo está afectado al financiamiento general de la empresa. La consultante es responsable sustituto del Impuesto a los Activos de las Empresas Bancarias (IMABA) y del Impuesto de Control del Sistema Financiero (ICOSIFI) de acuerdo a la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001. Consulta sobre la forma de determinar la parte del monto imponible de estos tributos gravada con la tasa del 0.01% dispuesta por el Decreto Nº 252/003 de 19.06.003, dado que una parte de su producción contiene lana en un porcentaje menor al 50%. La norma referida fija la tasa mencionada para los préstamos destinados a financiar la producción de telas con un contenido igual o mayor al 50% de lana. La consultante propone considerar el total de sus ventas en los doce últimos meses incluyendo el mes en que se realiza el cálculo, determinar el monto de las ventas de telas con el 50% y más contenido de lana, y aplicar la proporción de esa cantidad a los préstamos gravados. El monto así obtenido estará gravado por la tasa del 0.01% y el excedente por las tasas generales. Esta Comisión considera aceptable el procedimiento propuesto. Se consulta, asimismo, si la reducción de tasas mencionadas serían aplicables al préstamo afectado al financiamiento general de la empresa. La respuesta es afirmativa. El Decreto Nº 252/003 no condiciona la reducción de tasas a la exportación de tejidos sino a la producción de telas, de modo que si la empresa solamente fabrica telas la reducción de tasas es igualmente aplicable. Es de acotar que el Decreto Nº 247/003 de 18.06.003 dispone también de una reducción de tasas similar a la antes referida para la prefinanciación de exportaciones, a la que la consultante podría acogerse después de la vigencia de la reducción de tasas del Decreto Nº 252/003 cuya finalización está fijada al 30 de junio próximo por el Decreto Nº 410/004 de 12.11.004. 31.05.005.- El Director General de Rentas, acorde. |