EMPRESA QUE COMPRA CARNE A FRIGORÍFICOS Y REVENDE A CARNICERÍAS - COFIS - DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO. Se consulta sobre la forma de calcular el COFIS por parte de una empresa que compra carne a frigoríficos y la revende a carnicerías. No se advierte cuál es el motivo de la consulta, puesto que el citado impuesto debe estar discriminado en las facturas (art. 10 del Decreto Nº 199/001 de 31.05.001) y se aplica sobre el precio de venta con exclusión del IVA y del propio COFIS. Por tanto, con un precio de venta de 100, el COFIS será de 3, y el IVA de 14.42 por parte del frigorífico, al que deberá agregarse la percepción del IVA. En cuanto al revendedor de la consulta, liquidará el COFIS comparando el incluido en su documentación de ventas con el impuesto que le hubieran trasladado. 30.06.006.- El Director General de Rentas, acorde. |